sábado, 6 de noviembre de 2010

EN CONSTRUCCIÓN, CONSTITUYÉNDOME

La forma jurídica que va adoptar la empresa, es una Sociedad Limitada Unipersonal, ya que me parece la mejor opción, entre otros motivos, porque únicamente se responde con el capital aportado.

Los trámites a seguir para la constitución de la empresa son los siguientes:

- En un primer momento, obtener del Registro Mercantil Central, la certificación que acredite que la denominación elegida para lo sociedad, no figura ya inscrita. Se puede obtener, entre otras formas, a través de la página web del Registro Mercantil.

- Entidad Bancaria. Depositar en el banco o caja de ahorros elegido el importe del capital social ( 3.005, 06€ ) y obtener la certificación que acredite el importe desembolsado.

- Notaría. Otorgar la escritura de constitución, debiendo aportar para ello, las certificaciones anteriormente citadas.

- Hacienda. Solicitud del CIF provisional dando de alta a la empresa en Declaraciones Censales a través del modelo 036, en el que se elige el modo de tributación, IRPF, Impuesto de Sociedades e IVA, eligiendo en mi caso IVA en régimen general. El siguiente paso, será el pago del impuesto de transmisiones y actos jurídicos documentados, a través de la liquidación del modelo 600. Posteriormente se comunica el inicio de la actividad económica en el epígrafe correspondiente a través del modelo 840.
Se debe solicitar también para la tributación en el territorio de Bizkaia, las claves para operar por Bizkaibai, lo que supone que a partir de este momento, la empresa tiene la obligación de presentar los impuestos telemáticamente.

- Registro Mercantil. Se presenta en dicho registro, la escritura de constitución junto con el modelo 600 liquidado.

- Hacienda. Cuando tengamos la escritura de constitución inscrita en el Registro Mercantil junto a la tarjeta del CIF provisional que inicialmente nos dieron, se presentan en Hacienda obteniendo entonces el CIF definitivo.

- Seguridad Social. Con el alta de IAE tramitada y las escrituras de constitución, podemos acudir a la tesorería de la Seguridad Social, para obtener el código de cuenta de cotización ( C.C.C ) en la que posteriormente se darán de alta los trabajadores por cuenta ajena, eligiendo en este momento la Mutua.
Como socio y representante de la sociedad, debo tramitar mi alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
La empresa debe solicitar su alta en el sistema RED, lo que supone que todos los trámites de altas, bajas, comunicaciones de bajas por enfermedad, envio de los seguros sociales, las hace la propia empresa telemáticamente.

- INEM. El siguiente paso es la inscripción en el INEM actual SEPE ( http://www.sepe.es/ ), para la comunicación a través de internet de los contratos realizados a los trabajadores.

- Inspección Provincial de Trabajo. El siguiente paso es la legalización del libro de visitas, el cual se ha debido adquirir previamente en una librería. La legalización se realizará en nuestro caso, en el Gobierno Vasco.

- Ayuntamiento. Aquí se tramitará la Licencia de Actividad, una vez concedida, solicitaremos la Licencia de Apertura del centro de trabajo.

- Prevención de Riesgos Laborales. Si la empresa va a tener trabajadores por cuenta ajena, es imprescindible contar con un servicio de prevención, bien propio o ajeno y además se debe contratar con una empresa de Prevención de Riesgos, la vigilancia de la salud y la evaluación de riesgos laborales.

La empresa EN CONSTRUCCIÓN S.L.U queda legalmente constituida, ahora sólo queda ponerse manos a la obra.




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